Para todos los trabajadores dependientes de nuestro país, existe un seguro social obligatorio de cargo del empleador que los protege frente a accidentes. Cubre los accidentes ocurridos en el lugar de trabajo y de trayecto
Cuando una persona sufre un accidente informa a su empleador, esta labor recae en el departamento de Recursos Humanos o Bienestar- para que coordine su envío a la mutual a la que la empresa está adherida.
El empleador deberá extender la "Denuncia Individual de Accidente del Trabajo" (DIAT) dentro de las 24 horas de ocurrido el siniestro. Para la atención médica la empresa deberá entregar la DIAT al momento en que el trabajador se presente en el centro de atención. En casos de urgencia, sólo bastará presentar credencial de identificación de la empresa, sin perjuicio de la posterior denuncia del accidente por parte de ésta.
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